Legalidad y trámites

Qué es el CAU de autoconsumo

Si legalizas un autoconsumo, tarde o temprano aparecerá una sigla nueva junto a tu CUPS: el CAU. No hay que memorizarla, pero sí saber qué es, quién la asigna y cuándo la necesitas, porque sin ella no hay compensación de excedentes.

En este artículo

CUPS y CAU: la diferencia

CUPS CAU
Qué identifica Tu punto de suministro de luz Tu instalación de autoconsumo
Quién lo asigna La distribuidora La distribuidora
Dónde lo ves En tu factura En la documentación del autoconsumo y, después, en la factura
Formato Empieza por ES y unos 20 caracteres Parecido al CUPS, con una terminación propia del autoconsumo

Cuándo hace falta

  • Vía con excedentes: sí, para la inscripción en el registro y para que tu comercializadora aplique la compensación.
  • Vía sin excedentes con circuito dedicado: forma parte de la documentación del registro.
  • Kit sin excedentes de hasta 800 VA en toma normal: no hay registro, así que no lo necesitas.

Cómo se obtiene

  1. Normalmente lo gestiona el instalador al tramitar la legalización, o lo solicita a la distribuidora en tu nombre.
  2. En algunas comunidades se pide antes de presentar la documentación. En Andalucía, por ejemplo, el manual de la Junta indica solicitarlo a la distribuidora al inicio. Ver registro en Andalucía.
  3. En Cataluña se asigna con la inscripción en el registro de autoconsumo. Ver registro en Cataluña.
¿Dónde está mi CUPS?

En la primera página de tu factura de luz, en los datos del suministro. Tenlo a mano cuando hables con el instalador.

Más contexto en cuándo hay que dar de alta el kit y cómo se compensan los excedentes.